miércoles, 21 de septiembre de 2011

Derechos sexuales y reproductivos, un camino recorrido.

Analía Bruno


Médica generalista. Integrante del Área de géneros y educación popular de Pañuelos en Rebeldía. Investigadora del Centro de Investigación y Formación de los Movimientos Sociales Latinoamericanos.

Texto extraído del libro “HACIA UNA PEDAGOGÍA FEMINISTA”[1].

Los avances formales en lo que respecta a derechos sexuales y reproductivos son producto de la lucha incesante del movimiento de mujeres. Mujeres de diversas nacionalidades, culturas, etnias, etc., instalamos el tema en el contexto de los derechos humanos.

Propiciamos ámbitos de reflexión colectiva, nos movilizamos, aportamos a la toma de conciencia y a la producción de teoría que determinó el curso de esta historia.

Son vastos los ejemplos de encuentros entre mujeres que en el intercambio de ideas, sentimientos, experiencias, nos identificamos, nos agrupamos, denunciamos las problemáticas que tenemos, y construimos conocimiento. En este sentido es oportuno mencionar el papel de los Encuentros Feministas Latinoamericanos y del Caribe, que vienen desarrollándose desde el inicio de los años 80.

Los Encuentros Feministas han sido escenario de debates fundamentales a lo largo de las últimas décadas, para el feminismo y el movimiento social de las mujeres de la región. Por ejemplo: la definición del 25 de noviembre como día de lucha contra la violencia a la mujer, fue tomada en el 1º Encuentro (Colombia, 1981). El 28 de septiembre, Día de Lucha por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, fue creado en el Encuentro del año 1990, realizado en Argentina.

Asimismo, en Argentina, se realizan anualmente desde 1986 los Encuentros Nacionales de Mujeres. En ellos participamos mujeres de todos los puntos del país y países vecinos, de distintas edades, culturas, opciones sexuales variadas, de las ciudades, del campo, profesionales, amas de casa, mujeres desocupadas, etc.

“Anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”

La permanencia de los Encuentros Nacionales de Mujeres a lo largo de estos 22 años, ha servido -entre otras cosas- para impulsar dichos avances formales, y -en la reproducción de los mismos en las distintas comunidades- para aportar al proceso de toma de conciencia en torno a los derechos sexuales y reproductivos, y al derecho a decidir sobre nuestro cuerpo.

En esta línea, es de destacar el encuentro del año 2003, que se realizó en Rosario, provincia de Santa Fe, donde se llevó a cabo la Asamblea Nacional por la Despenalización del Aborto, por un aborto legal, seguro y gratuito; instancia donde comienza a generarse la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, cuyo lanzamiento se produjo en mayo del 2005. En la actualidad agrupa, bajo el lema “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”, a más de 250 organizaciones -la mayoría de mujeres de todo el país.

El 28 de mayo[2] de 2007, dicha campaña presentó, en el marco de una masiva movilización ante el Congreso Nacional, el proyecto de despenalización y legalización del aborto voluntario hasta las 12 semanas de gestación.

Haciéndose eco de las demandas de las mujeres, en la década del 80 y durante los 90, diversas conferencias mundiales organizadas por las Naciones Unidas han desarrollado programas de acción que incluyen entre sus recomendaciones la necesidad de los gobiernos de salvaguardar la salud y los derechos reproductivos de mujeres y hombres.

Entre ellas podemos mencionar:

• La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer del año 1979, que en Argentina tiene rango constitucional desde la reforma de 1994.

• La Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993).

• La Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995).

• La Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995).

• La Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994).

En nuestro país, la primera iniciativa de política pública en esta dirección, fue aprobada en agosto de 1987 por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y consistió en la puesta en marcha del Programa de Procreación Responsable, dirigido a suministrar información y asistencia en anticoncepción.

En la actualidad, Argentina cuenta con la Ley 25.630 –sancionada a fines del año 2002-, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, que se suma y se articula a las leyes y programas provinciales existentes.

Los dos objetivos principales de esta ley son: 1) garantizar el acceso a la información sobre salud sexual y 2) el acceso a métodos anticonceptivos y servicios de salud relacionados. Su cumplimiento podría lograr, de ser debidamente ejecutada, superar en gran medida las violaciones a los derechos sexuales y reproductivos que actualmente se producen. Pero, sin dejar de señalar la importancia que tienen para el cumplimiento de nuestros derechos los logros alcanzados, no podemos dejar de observar hasta dónde se cumplen estas normativas, cuáles son aún las debilidades que presentan y qué nos falta conseguir.

“Para que me coloquen el DIU, tuve que esperar 3 meses que me entreguen el resultado del papanicolau”

Es necesario subrayar la distancia entre la letra de las normativas y lo que sucede en la práctica, luego de tres años de implementada la ley nacional.

Del monitoreo del CONDERS[3] surge que todavía hay personas que desconocen que pueden recibir anticonceptivos gratis, o ser asesoradas en sexualidad y reproducción, porque “son escasas o no existen” campañas sistemáticas de difusión en las provincias.

Los problemas más frecuentes detectados en este monitoreo son:

• Resistencia de los/as médicos/as a indicar el dispositivo intrauterino (DIU) y la anticoncepción de emergencia.

• Para conseguir un turno hay largas esperas. Las mujeres tienen que ir a la madrugada y hacer colas para obtenerlo, porque el horario de atención es limitado y hay poco personal asignado.

• Se ponen obstáculos para la atención de adolescentes si no están acompañados/as por sus madres y/o padres.

• Escasez o inexistencia de prestaciones fuera de las capitales de las provincias.

• Las personas no saben que pueden elegir y tomar decisiones sobre qué anticonceptivo tomar, porque creen que lo debe decidir el médico/a.

• Carencia de estrategias para captar a varones[4].

La ley contempla la objeción de conciencia personal[5], no así la institucional, existiendo en la actualidad servicios enteros aduciendo creencias religiosas y conservadoras, que no brindan el asesoramiento y la provisión de métodos anticonceptivos.

Cabe mencionar que el incumplimiento de la ley 25630 sucede sin que el estado realice monitoreo alguno.

“No sabía que existía el anticonceptivo de emergencia”

Un importante recurso es el anticonceptivo de emergencia, que sirve para prevenir embarazos no deseados luego de una relación sexual no protegida. Pese a la certeza de su eficacia para prevenir embarazos no deseados, este método aún no es ampliamente conocido por los/as trabajadores/as de la salud y por la población en general, ni está disponible en todas partes. El desconocimiento de este método genera diferentes dificultades, ya que en muchos casos es mal utilizado.

En febrero de 2007, durante solamente una semana, los medios masivos de comunicación le dedicaron espacio en sus titulares -en general queriendo boicotearlo-, lo que generó que muchas mujeres se acercaran a los centros de salud a solicitarlo.

Luego de que el tema desapareció de los medios de comunicación, descendió la cantidad de mujeres que solicitan este anticonceptivo. Esto demuestra la necesidad de campañas serias de difusión, capacitación y sensibilización, promovidas por los gobiernos nacionales, provinciales y locales, que hasta nuestros días están ausentes.

“En la quinta cesárea pedí la ligadura de trompas, pero no se podía”

A los métodos anticonceptivos se los puede dividir en reversibles e irreversibles, con respecto al retorno a la fertilidad. La ligadura de trompas y la vasectomía al ser irreversibles, son excelentes en el caso que una mujer o un varón decida suprimir su capacidad reproductiva en forma definitiva.

En agosto de 2006 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley 26.130 que autoriza a toda persona mayor de edad a acceder a intervenciones quirúrgicas anticonceptivas, como la ligadura de trompas de Falopio y la vasectomía, en los servicios del sistema de salud.

Con la entrada en vigencia de esta ley, las prácticas de ligadura de trompas y vasectomía quedaron autorizadas para toda persona “capaz” y “mayor de edad” que lo requiera formalmente en cualquier organismo de salud (público, de la seguridad social o privado), con el único requisito previo de que otorgue su consentimiento informado.

No se requiere, en cambio, el consentimiento del cónyuge o conviviente, ni autorización judicial[6].

Si bien queda claro cuáles son los requisitos para acceder a la anticoncepción quirúrgica, se pueden observar diversas situaciones donde se ponen en juego creencias, prejuicios, y se vulnera el derecho a acceder a este método de control de la natalidad. Un ejemplo que puede dar cuenta de esta situación, es cuando una mujer “capaz” y “mayor de edad” -únicos requisitos que pide la ley- que no ha tenido hijos/as, solicita está intervención. Suprimir la capacidad reproductiva parece estar reservado a mujeres que son mayores de 35 años y tienen por lo menos un/a hijo/a. Entre muchas otras, éstas son situaciones donde se ejerce el poder médico, que funcional al patriarcado[7] vulnera el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos.

“Podría hacer cualquier cosa para no seguir con este embarazo”

El aborto voluntario en Argentina continúa siendo ilegal, a pesar del efecto catastrófico para la salud y la vida de miles de mujeres que recurren a maniobras abortivas no adecuadas.

Según un estudio reciente encargado por el Ministerio de Salud de la Nación y elaborado por el CONICET, el Centro de Estudios de Población (CENEP) y el Instituto Gino Germani de la UBA, por cada aborto mal hecho que llega a un hospital argentino hay siete que se hicieron con éxito, sin registro. O sea, en Argentina, hay entre 460.000 y 600.000 abortos anuales[8]. Según los últimos registros estadísticos del Ministerio de Salud de la Nación, en el año 2004 murieron 295 mujeres por causas obstétricas. La tasa de mortalidad por gestación[9] fue de 40 por 100.000 nacidos vivos[10].

Bajo presión continua por parte del movimiento de mujeres, el Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Nación también lanzó un esfuerzo para garantizar a las mujeres el acceso a una atención post-aborto adecuada y humanizada, sin miedo a las consecuencias legales, reconociendo públicamente el costo en la salud y las vidas de las mujeres del aborto ilegal e inseguro. En octubre de 2004, los ministerios de Salud provinciales y de Nación firmaron un compromiso sobre las medidas que deben tomarse para reducir la mortalidad por gestación en la Argentina. Este acuerdo incluye un compromiso de asegurar “que la mujer en situación de aborto no sea discriminada y reciba una atención humanizada, rápida, efectiva y con asesoramiento y provisión de insumos anticonceptivos”.[11]

En mayo de 2005, el gobierno nacional anunció la publicación de una nueva guía destinada a médicos/as sobre la provisión de tal atención. El acuerdo firmado por los ministerios de Salud, también incluye un compromiso a “garantizar el acceso a la atención del aborto no punible en los Hospitales Públicos, dando cumplimiento a lo estipulado en el Código Penal”.

En el artículo 86 del mencionado Código se establecen las dos excepciones al artículo que penaliza al aborto: 1) “Aborto terapéutico, o sea cuando corre peligro la vida o la salud de la mujer” y 2) “Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.

En los meses de julio y agosto de 2006 se sucedieron dos casos de mujeres discapacitadas víctimas de sendas violaciones que quedaron embarazadas y sus familias pidieron la interrupción de los embarazos.

Ha sido de público conocimiento cómo estas mujeres y sus familias se encontraron con grandes obstáculos para acceder a estos abortos no punibles. Los sectores fundamentalistas de la iglesia católica ejercieron presión sobre los/as médicos/as involucrados/as y sobre la justicia, tratando de impedir que se llevaran a cabo las interrupciones de estos embarazos. La solidaridad del movimiento de mujeres y la movilización, fueron determinantes en el desenlace de ambas historias.

En abril de 2007 nos estremecía la historia de Ana María Acevedo, una joven de 20 años oriunda de Vera, provincia de Santa Fe, quien embarazada y enferma de cáncer solicitó el aborto terapéutico en el Hospital Itarruspe, y el Comité de Ética del hospital y su director, el Dr. Andrés Ellena, se lo negaron y la obligaron a continuar con el embarazo. El 26 de abril nació una niña que sólo vivió 24 horas. Finalmente, Ana María falleció el 20 de mayo en Terapia Intensiva del Hospital.

Como éstos, ocurren casos todos los días, donde el derecho al aborto no se cumple. Los mencionados fueron casos testigo que propiciaron el terreno para la elaboración de protocolos de atención de abortos no punibles en algunas provincias y municipios del país.

Si bien estas guías de atención y protocolos son herramientas útiles y necesarias, resta aún la puesta en marcha de programas serios de capacitación y sensibilización en los centros asistenciales que garantice la implementación de dichos instrumentos.

“El mandato de ser madres nos hace perder la noción de que podemos elegir ser, o no elegir serlo”

Otro aspecto a analizar son las ambigüedades que estas políticas presentan, que se supone debieran promover la autonomía de las mujeres -y de toda la población-, en orden a decisiones tan relevantes como las inherentes a las sexualidades, los cuerpos y las capacidades reproductivas.

“Cuando se implementan acciones estatales para garantizar, atender o regular la salud sexual y reproductiva de “las/os ciudadanas/os”, en definitiva se está pensando en destinatarias específicas: “las mujeres”, como una categoría homogénea, con un proyecto de vida predominante –la maternidad- y con una sexualidad específica -heterosexualidad-; y en este proceso se excluye a quienes no se condicen con estas características. Las políticas estatales que regulan las sexualidades presentan una paradoja: efectivamente amplían determinados servicios de salud sexual y reproductiva para algunas mujeres, sobre todo de menores recursos; pero como feministas, no podemos ignorar que al mismo tiempo reafirman una sexualidad unida a la procreación y a procesos de salud/enfermedad, que silencian, cuando no condenan, las conductas y orientaciones sexuales que se desvían de la maternidad y la heterosexualidad obligatorias”. (Anzorena, 2006).

Las mujeres en una sociedad patriarcal “internalizamos mandatos sociales diferenciales que la sociedad reserva a varones y mujeres de acuerdo a tareas asignadas. Según ellos, la especialización para las mujeres es la `maternidad´, proponiéndonos un modelo de femineidad al cual aspirar y acatar, generando un proceso de homogeneización y disciplinamiento social. Así la maternidad se realiza en el ejercicio de la sexualidad y ésta es valorada si es vivida en función de la primera”. (Católicas por el Derecho a Decidir, 2005).

Son marcadas las situaciones donde queda reflejado cómo impacta en la salud sexual y reproductiva de estas mujeres la maternidad como mandato, siendo la sexualidad entendida sólo en términos de reproducción, y no desde la dimensión del placer; el casi nulo involucramiento de sus compañeros en la elección de métodos anticonceptivos, o la resistencia a utilizar preservativos, y cómo muchas veces la decisión de tener un hijo/a sólo pasa por ellos, siendo frecuentes las violaciones intramatrimoniales.

Como queda expuesto, los programas actuales no han sobrepasado las fronteras de las instancias asistenciales y sanitarias, y permanece la concepción de sexualidad unida a la prevención, la procreación y la heterosexualidad como normas estancas.

En contrapartida, y generando espacios donde se resiste a la norma impuesta, existen diversas experiencias colectivas donde se problematizan estas temáticas y se desea la creación de nuevas relaciones sociales basadas en la solidaridad, la igualdad y el respeto por la diversidad.

Espacios de mujeres en organizaciones mixtas, grupos de mujeres, organizaciones de diversidad sexual, y en menor cuantía grupos de varones (que empiezan a cuestionarse la construcción de su masculinidad), encaran procesos donde se reflexiona acerca de cómo nos impacta la cultura patriarcal que refuerza y potencia al capitalismo, y disciplina nuestros cuerpos. Espacios de diálogo donde nos identificamos, nos descubrimos ejerciendo roles impuestos, nos revelamos ante los mandatos, y nos reconocemos reproduciéndolos, los discutimos e intentamos cambiarlos, derribamos mitos, visualizamos nuestros cuerpos y cuestionamos el único modelo de cuerpo que existe. Nos revelamos ante la maternidad obligatoria y valorizamos las diversas opciones sexuales.

Espacios que se mezclan y crean redes donde se forjan lazos solidarios y se encaran diversas problemáticas de manera colectiva. Redes que ofrecen el apoyo necesario cuando aparece el sufrimiento, la crisis, que inevitablemente son producto del proceso de toma de conciencia de la opresión patriarcal. Entramados que ofrecen contención, acompañamiento, estrategias colectivas, empuje en situaciones donde -como se expresó en estas líneas - las leyes, normativas y programas elaborados en instituciones patriarcales no hacen más que ser sólo puro discurso.

Por tanto es necesario propiciar, mantener, enriquecer y potenciar estos espacios de encuentro donde en el intercambio de saberes y sentires construyamos la confianza necesaria para abordar estos temas y encaremos colectivamente la transformación de nuestra vida cotidiana.

Bibliografía:

- Anzorena, Claudia (2006) - Políticas públicas dirigidas hacia mujeres: la intervención del Estado como regulador de las sexualidades.

- CDD (2005) - Aborto. Argumentos católicos a favor del derecho a decidir. Córdoba: Católicas por el Derecho a Decidir.

- CENEP-CEDES (2006) - Resumen Ejecutivo Morbilidad materna severa en la Argentina, Prevención y calidad de la atención para reducir la incidencia y las consecuencias adversas del aborto. En: www.despenalizacion.org.ar/pdf/Evidencia/Estudios/ Resumen_MM_Argentina.pdf

- CONDERS 2006 - Informes de Monitoreo de situación de la salud sexual y reproductiva. En: www.conders.org.ar/monitoreo.html

- Consorcio Latinoamericano de Anticoncepción de Emergencia (2005) - Promoción y defensa de la anticoncepción de emergencia en América Latina y El Caribe. 2º edición

- Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación (2005) - Guía para el mejoramiento de la atención Post-aborto.

- www.msal.gov.ar

- www.pagina12.com.ar

[1] Korol, Claudia (compiladora). Hacia una Pedagogía Feminista (1ª Ed.). Ed. America Libre y El Colectivo, 2007.

[2] Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres.

[3] El CONDERS está compuesto por todas aquellas organizaciones y personas que desean monitorear las acciones que prevé la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

[4] Informes de Monitoreo de situación de la salud sexual y reproductiva. CONDERS 2006 Fuente: www.conders.org.ar/monitoreo.html

[5] Se entiende como objeción de conciencia a la actitud o creencia de carácter ético filosófico o religioso que puede argumentar un/a trabajador/a de la salud para no desarrollar su actividad en salud sexual y reproductiva.

[6] http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-72202-2006-08-29.html

[7] Patriarcado: es un sistema socio-político, religioso, ideológico, cultural e histórico que establece jerarquías sobre la base de la diferencia sexual. Esta jerarquía consagra a lo masculino como superior y paradigma de lo humano, asignando roles, sosteniendo múltiples asimetrías de género, clase, etnia, edad, orientación sexual. Esta configuración impregna todas las relaciones de poder y jerarquía.

[8] Estudio Morbilidad materna severa en la Argentina en: http://www.despenalizacion.org.ar/pdf/Evidencia/Estudios/Resumen_MM_Argentina.pdf

[9] Este concepto es utilizado por la Red Nacional por la Salud de la Mujer (Argentina) para referirse al las mujeres que mueren en algún momento del proceso de gestación muchas veces -el aborto es la primera causa de muerte de gestantes- como consecuencia de una decisión de abortar frente a una maternidad forzosa.

[10] En: http://www.msal.gov.ar/htm/site/salud_sexual/site/estadisticas.asp

[11] Compromiso para la Reducción de la Mortalidad Materna en la Argentina.

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